“Se deben efectuar los máximos esfuerzos en una sociedad inclusiva y solidaria para procurar que los mensajes relacionados con la vida e integridad física y psíquica de las personas lleguen a todos ellos, sin importar sus limitaciones o capacidades especiales“.
La Corte Suprema ordenó el pasado martes 10 de agosto a los canales de televisión abierta subtitular y poner lenguaje de señas a las noticias que entreguen información con respecto al Covid-19.
Tras acoger un recurso de protección, por un actuar discriminatorio, la Tercera Sala del máximo tribunal exigió a los canales tomar estas medidas con el objetivo de que la población con discapacidad auditiva se informe debidamente de la crisis sanitaria.
“Restringir el ámbito de aplicación de la ley sin atender a criterios objetivos resulta a todas luces arbitrario e, incluso, priva de eficacia a la modificación legal, pues, como se dijo, ésta tiene como objetivo principal facilitar la difusión de la información a las personas sordas en situaciones de catástrofe (…), objeto que no se cumple”, acotó el fallo.
El mismo documento agregó que “se deben efectuar los máximos esfuerzos en una sociedad inclusiva y solidaria para procurar que los mensajes relacionados con la vida e integridad física y psíquica de las personas lleguen a todos ellos, sin importar sus limitaciones o capacidades especiales. En este aspecto adquiere total relevancia la función social de los medios de comunicación, los cuales deben procurar la máxima inclusión en sus contenidos informativos”.
El mismo dictamen estableció que será el Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), el encargado de fiscalizar que se cumpla esta medida en los distintos canales abiertos.